El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado Ãntegramente la condena impuesta a un hombre por agredir sexualmente de forma continuada a sus dos nietas cuando eran menores de edad. La resolución desestima el recurso presentado por la defensa y mantiene una pena global de 25 años de prisión, además de un amplio paquete de medidas penales y civiles.
Los magistrados respaldan asà la sentencia dictada en abril por la Audiencia Provincial de Salamanca, al considerar acreditados los hechos ocurridos entre 2011 y 2017 en distintos entornos familiares de la capital charra. El tribunal subraya que el relato de las vÃctimas ha sido coherente, persistente y suficientemente corroborado por pruebas periciales.
Según el fallo, el condenado aprovechó la relación de parentesco y la confianza del entorno para cometer los abusos durante las estancias de las menores en su domicilio. Los informes psicológicos incorporados a la causa concluyen que ambas presentan un trastorno de estrés postraumático complejo de carácter grave, compatible con los hechos denunciados.
Además de la pena de cárcel —12 años, seis meses y un dÃa por cada uno de los dos delitos—, la resolución confirma la prohibición de aproximarse y comunicarse con las vÃctimas durante ocho años, la inhabilitación para ejercer funciones vinculadas a la patria potestad y cualquier actividad profesional con contacto habitual con menores, asà como una indemnización de 15.000 euros para cada una de ellas. A ello se suma una medida de 8 años de libertad vigilada que se ejecutará tras el cumplimiento de la condena.
El Alto tribunal ha rechazado los argumentos de la defensa sobre una supuesta vulneración de la presunción de inocencia y errores en la valoración probatoria. Al contrario, destaca que no aprecia móviles espurios en la denuncia y que el conjunto de indicios —testimonios, periciales y otros elementos objetivos— conforma una prueba de cargo sólida. También recuerda que, durante la instrucción, el acusado realizó manifestaciones auto inculpatorias que posteriormente intentó desdecir en el juicio oral.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Mientras tanto, queda plenamente ratificada la responsabilidad penal por unos hechos que tuvieron lugar en Salamanca y que han sido calificados por los tribunales como de especial gravedad por la reiteración en el tiempo y la situación de vulnerabilidad de las vÃctimas.