Las exmonjas de Belorado en un post de sus redes sociales, antes del fallo que ordena su desalojo
Las exmonjas de Belorado en un post de sus redes sociales, antes del fallo que ordena su desalojo

El conflicto que desde hace meses enfrenta a la Iglesia Católica con las exreligiosas del Monasterio de Santa Clara de Belorado ha dado un giro decisivo. Una jueza del Juzgado de Primera Instancia de Briviesca ha ordenado el desahucio de las exmonjas que permanecen en el convento tras su expulsión canónica y su ruptura con Roma. La sentencia, con fecha 31 de julio, estima íntegramente la demanda de desahucio por precario interpuesta por la diócesis. En ella se condena a las demandadas a abandonar el inmueble “con apercibimiento de lanzamiento si no lo hicieren voluntariamente”. Es decir, si no se marchan, podrán ser desalojadas por la fuerza pública.

La resolución judicial considera probado que las exreligiosas ocupan el monasterio sin ningún título legal desde que el 8 de mayo de 2024 formalizaron, mediante escritura pública, su salida de la Iglesia. Esto implica, según la jueza, que ya no pueden actuar ni representarse como miembros de una entidad eclesial.

Quien ha renunciado a formar parte de la Iglesia Católica no puede seguir escudándose en el Derecho Canónico ni actuar como representante de una comunidad religiosa

Intentaron convertir el convento en una asociación civil

Uno de los momentos clave del proceso judicial fue la intención de las exmonjas de transformar el monasterio en una asociación civil el pasado 18 de mayo, apenas diez días después de su escisión formal. Sin embargo, la jueza lo descarta de forma tajante: “Los acuerdos adoptados ese día son nulos de pleno derecho”, subraya, al considerar que el supuesto capítulo conventual carecía ya de toda legitimidad legal y representación jurídica.

 

La libertad religiosa no les ampara

El argumento de la defensa, centrado en la libertad religiosa y el derecho de asociación, también ha sido rechazado por el tribunal. La sentencia establece que esos derechos son inherentes a personas físicas, no a grupos sin reconocimiento legal ni propiedad sobre los bienes que ocupan.

 

Una de ellas, exenta de pagar las costas

La jueza ha hecho una salvedad: una de las demandadas, que se allanó voluntariamente al proceso, queda exenta del pago de las costas judiciales. El resto de las exmonjas deberá abandonarlo o afrontar el desalojo forzoso. La sentencia es recurrible ante la Audiencia Provincial de Burgos en un plazo de 20 días. No obstante, la Iglesia cuenta ya con una resolución favorable en primera instancia que le reconoce la propiedad del inmueble y el derecho a recuperarlo de forma inmediata.

 

Un conflicto que traspasó los límites del Derecho Canónico

Este proceso civil es consecuencia directa del cisma abierto en mayo de 2024, cuando la Santa Sede excomulgó a la entonces madre superiora, sor Isabel de la Trinidad, y otras religiosas por su adhesión al falso obispo excomulgado Pablo de Rojas y su grupo cismático.

Desde entonces, las exmonjas han protagonizado una pugna pública y legal con la Diócesis de Burgos, defendiendo que el monasterio les pertenece, pese a haber roto con la Iglesia Católica. Incluso intentaron inscribirlo a nombre de una nueva entidad civil. Con esta decisión judicial, el camino legal queda despejado para que la Iglesia recupere el control efectivo del monasterio de Santa Clara. No obstante, la tensión podría continuar si las exmonjas optan por recurrir la sentencia. El cisma de Belorado, lejos de cerrarse, sigue escribiendo capítulos inéditos en la historia religiosa reciente de España.

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